Entre las decenas de visas y permisos que permiten ingresar a Estados Unidos, destaca uno que exime a su titular de presentar pasaporte y visa ante las autoridades del Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP). Al menos para cruzar la frontera hacia algunos estados, como Arizona, California, Nuevo México y Texas.

Los orígenes de este beneficio se remontan a 1953, cuando Estados Unidos comenzó a firmar distintos acuerdos bilaterales con sus países vecinos. Sin embargo, el documento actual, conocido como Formulario DSP-150 o “tarjeta láser”, comenzó a utilizarse en 1998.

Similar a una tarjeta de crédito, por su formato, tiene una validez similar a la de las visas B-1/B-2, pero tiene varias limitaciones relacionadas con la nacionalidad de quienes pueden acceder, la distancia que puede recorrerse desde la frontera y el período de permanencia.

La legislación, entonces, es muy clara: no se trata de una entrada generalizada para todos los extranjeros, sino que aplica a quienes cumplen criterios de elegibilidad, ingresen por los puestos de control designados, y cumplan con los plazos de estadía autorizados.

¿Cuáles son las limitaciones?

Conocido oficialmente como Formulario DSP-150, la Tarjeta de Cruce Fronterizo (BCC, por sus siglas en inglés) permite a los ciudadanos y residentes mexicanos ingresar a los estados citados, sin pasaporte ni visado. Los requisitos son similares a los de las visas B-1/B-2.

El permiso tiene regulaciones de permanencia y distancia desde la frontera desde la que se deja ingresar.

Al igual que otros permisos de ingreso, la aprobación final siempre quedará en manos de los agentes del CBP. Estos tienen la última palabra al momento de ingresar por cualquier paso fronterizo o aeropuerto, más allá del tipo de documentación exigida.

Además de permitir el ingreso solo a esos estados fronterizos, la BCC tiene otras limitaciones:

• Vigencia: 10 años (para los mayores de 15 años)

• Permanencia máxima en Estados Unidos: 6 meses

• Distancia desde la frontera que puede recorrerse: Arizona 75 millas; California 25 millas; Nuevo México 55 millas y Texas 25 millas

Según informa el Departamento de Estado, el trámite para obtener la BCC se realiza en los consulados de Estados Unidos en México, donde sus funcionarios se asegurarán de que el interesado regrese a su país al terminar su estancia comprobando relaciones familiares o laborales.

Los requisitos para tramitarla son:

• Ser ciudadano o residente legal en México.

• Cumplir con los requisitos de elegibilidad para las visas B-1/B-2.

• Demostrar que tienen vínculos con México que los obligarían a regresar después de una estancia temporal en Estados Unidos.

La Tarjeta de Cruce Fronterizo equivale a la visa de turista para los ciudadanos de Mëxico. Foto X @BPAcademyChief.

Las tarifas aplicadas a la BCC son de $185 para los mayores de 15 años (válida por 10 años) y de $15 para los menores, si el padre o tutor ya tiene la tarjeta o la está solicitando (válida por 10 años o hasta que el solicitante cumpla 15).